Novedades laborales del Real Decreto Ley 28/2018 de 28 de diciembre relativas a los empleados del hogar
Para el Sistema Especial de Empleados de Hogar se establecen novedades:
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se incrementa en un porcentaje del 22,3% respeto de las cuantías vigentes entre el 01-01-2018 i 31-12-2018.
- Un último tramo de cotización para que la base sea el salario percibido.
- Se fijan las horas máximas de realización por tramo.
- Se mantiene la reducción del 20% en las cotizaciones.
- Se reduce el período transitorio para la equiparación completa con el resto de trabajadores del Régimen General y cotizar por el salario real en el año 2021.
Las cuantías para el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2019 son:
- SMI diario: 30,00€
- SMI hora: 7,04€
- SMI mensual: 900,00€ (14 pagas)
- SMI anual: 12.600,00€
- SMI jornada legal en actividad para trabajadores eventuales y temporeros: 42,62€
Bases de cotización por contingencias comunes y profesionales a partir del 1 de enero de 2019:
A efectos de la determinación de la retribución mensual del empleado de hogar, el importe percibido mensualmente deberá ser incrementado con la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Durante el año 2020, las retribuciones mensuales y las bases de cotización de la escala anterior, se actualizarán en idéntica proporción al incremento que experimente el salario mínimo interprofesional.
A partir del año 2021, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán según lo establecido en la Ley General de Seguridad Social, sin que la cotización pueda ser inferior a la base mínima que es establezca.
Durante el ejercicio 2019 será aplicable una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes, ampliada con una bonificación hasta el 45% en el caso de familias numerosas.
Los beneficios no serán de aplicación en los supuestos en los que los empleados del hogar presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales.