Bonificaciones trabajadores y autònomos discapacitados
Trabajadores discapacitados
Las empresas pueden obtener una serie de bonificaciones y reducciones si contratan a personas que pertenecen a determinados colectivos, como es el caso de personas con discapacidad.
Las principales bonificaciones y reducciones para contratos celebrados con personas con discapacidad.
Contratación indefinida
Requisitos Trabajador:
- Trabajadores con grado mínimo reconocido, por el Organismo competente, de minusvalía igual o superior al 33 por 100.
- Estar inscritos en la Oficina de Empleo.
- No haber sido vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los 24 meses anteriores a la contratación indefinida.
Requisitos empresa:
- Podrán solicitar estos beneficios las empresas que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa o parcial, así como las cooperativas de trabajo asociado que incorporen trabajadores con discapacidad como socios.
- Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.
- Las empresas deben solicitar los trabajadores con discapacidad de la correspondiente Oficina de Empleo.
- Estar al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Bonificación aplicable:
Trabajadores sin discapacidad severa:Menores de 45 años Con 45 años o mayores Hombres 375€/mes 4.500€/año 475€/mes 5.700€/año Mujeres 445,83€/mes 5.350€/año 475€/mes 5.700€/año Trabajadores con discapacidad severa:
(Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%)Menores de 45 años Con 45 años o mayores Hombres 425€/mes 5.100€/año 525€/mes 6.300€/año Mujeres 495,83€/mes 5.950€/año 525€/mes 6.300€/año En los contratos a tiempo parcial la bonificación será el resultado de aplicar un porcentaje, a las cuantías que figuran para cada caso, igual al de la jornada pactada en el contrato al que se le sumarán 30 puntos porcentuales, sin que pueda superar el 100% de la cuantía prevista.
Contractación temporal:
La duración de las bonificaciones / reducciones se extenderá durante toda la vigencia del contrato.
Requisitos Trabajador:- Trabajadores con grado mínimo reconocido, por el Organismo competente, de minusvalía igual o superior al 33 por 100.
- Estar inscritos en la Oficina de Empleo. v
- No haber sido vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los 24 meses anteriores a la contratación indefinida.
- Con carácter general quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato.
Requisitos de la empresa:
- Podrán solicitar estos beneficios las empresas que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa o parcial, así como las cooperativas de trabajo asociado que incorporen trabajadores con discapacidad como socios.
- Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.
- Las empresas deben solicitar los trabajadores con discapacidad de la correspondiente Oficina de Empleo.
- Estar al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Bonificación aplicable:
Trabajadores sin discapacidad severa:Menores de 45 años Con 45 años o mayores Hombres 291,67€/mes 3.500€/año 341,67€/mes 4.100€/año Mujeres 341,64€/mes 4.100€/año 391,67€/mes 4.700€/año Trabajadores con discapacidad severa:
(Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%)Menores de 45 años Con 45 años o mayores Hombres 341,67€/mes 4.100€/año 391,67€/mes 4.700€/año Mujeres 391,67€/mes 4.700€/año 441,67€/mes 5.300€/año Formalización, duración y jornada
- a) El contrato se realizará:
– Por escrito, en modelo oficial, y se comunicará en los diez días siguientes a su celebración al Servicio Público de Empleo. - b) Duración entre doce meses y tres años. Prórrogas no inferiores a doce meses.
- c) El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.
En los contratos a tiempo parcial la bonificación será el resultado de aplicar un porcentaje, a las cuantías que figuran para cada caso, igual al de la jornada pactada en el contrato al que se le sumarán 30 puntos porcentuales, sin que pueda superar el 100% de la cuantía prevista.
Transformación contratos temporales en indefinidos:
La transformación de contratos temporales en contratos indefinidos con personas con discapacidad se aplican las mismas bonificaciones / reducciones que un contrato indefinido.
Bonificación aplicable:
Trabajadores sin discapacidad severa:Menores de 45 años Con 45 años o mayores Hombres 375€/mes 4.500€/año 475€/mes 5.700€/año Mujeres 445,83€/mes 5.350€/año 475€/mes 5.700€/año Trabajadores con discapacidad severa:
(Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%)Menores de 45 años Con 45 años o mayores Hombres 425€/mes 5.100€/año 525€/mes 6.300€/año Mujeres 495,83€/mes 5.950€/año 525€/mes 6.300€/año
Contrato para la formación y el aprendizaje para personas con discapacidad
Contrato de naturaleza mixta que combina prestación de trabajo y formación teórica fuera del puesto de trabajo, que tiene por objeto promover la contratación de personas con discapacidad, en empresas ordinarias, a través de medidas e incentivos que favorezcan su contratación.
Bonificación aplicable:Trabajadores en plantilla Reducción de las cuotas empresariales Menos de 250 100% 250 o más 75% Durada:
- Mínima 1 año, máxima 3 años. (Por convenio colectivo la duración mínima se podrá reducir a 6 meses.)
- Se podrán hacer un máximo de 2 prórrogas hasta llegar a los 3 años. La duración mínima de cada prórroga será de 6 meses.
- El periodo de prueba será máximo de 2 meses.
Jornada:
- Tiempo completo.
- Se considera jornada tanto el tiempo de trabajo efectivo como el dedicado a formación teórica. El tiempo de trabajo efectivo podrá ser compatible con la actividad formativa, y no podrá superar el 75% de la jornada máxima legal durante el primer año, ni el 85%, durante el segundo y tercer año.
- Si el trabajador tiene una discapacidad psíquica, la formación teórica podrá sustituirse, total o parcialmente, por rehabilitación o ajuste personal y social en un centro de rehabilitación socio laboral.
- No se podrán realizar horas extraordinarias, ni trabajos nocturnos ni a turnos.
Requisitos Trabajador:
- Trabajadores con grado mínimo reconocido, por el Organismo competente, de minusvalía igual o superior al 33 por 100.
- Trabajador con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.
- Pensionista de la Seguridad Social que tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
- Pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- No tener la titulación o certificado de profesionalidad necesario para formalizar un contrato en prácticas.
- No haber sido contratado por ninguna empresa con un contrato para la formación y el aprendizaje que haya agotado su duración máxima, por la misma actividad laboral u ocupación objeto de la cualificación profesional asociada al contrato.
- No haber sido contratado por tiempo superior a 12 meses en el mismo puesto de trabajo en la misma empresa.
- Estar inscritos en la Oficina de Empleo.
Alta autónomos bonificado
Los trabajadores Autónomos con discapacidad, que causan alta inicial o que no hubieran estado dados de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de su afiliación, podrán beneficiarse, si elegir cotizar por la base mínima, de una reducción sobre la cotización por contingencias comunes durante los primeros 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha del alta, que consistirá en una cuota única mensual de 60 euros.
Si se opta por una base de cotización superior a la mínima que las corresponda, los trabajadores podrán aplicarse durante los 12 primeros meses inmediatamente Siguientes a la fecha del alta una reducción del 80% sobre la cuota por contingencias comunes.
Cuando han transcurrido los 12 meses y con independencia de la base de cotización elegida, los trabajadores discapacitados podrán beneficiarse de una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes por un periodo máximo de 48 meses.