CONTRATO EN FORMACIÓN 2018

El objeto de este contrato es la calificación profesional de los trabajadores a la vez que realizan una actividad laboral retribuida y reciben formación en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
La formación pues, va dirigida a la obtención de un certificado de profesionalidad.
No se pueden realizar contratos para la formación cuando el puesto de trabajo haya sido realizado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a doce meses.

Aspectos a tener en cuenta antes de la formalización del contrato en formación:

  1. Comprobar que la actividad formativa del trabajo a realizar esté vinculada a un certificado de profesionalidad.
  2. Si el certificado es de nivel 2 o 3, verificar que el trabajador cumple los requisitos académicos necesarios:
  1. Asegurarse de que el trabajador tiene acceso a internet y suficientes habilidades tecnológicas básicas para realizar la formación telemática.
  2. Una vez iniciada la relación laboral, supervisar que el trabajador participa de la formación activamente para obtener el título oficial.

Requisitos de los trabajadores:

1. Mayores de 16 años y menores de 25 años. Sin embargo, hasta que la tasa de paro se encuentre por debajo del 15% se permite la contratación a menores de 30 años (sin límite de edad para trabajadores con disminución legalmente reconocida).
2. No tener cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para un contrato en prácticas.
3. Tener el título de E.S.O. en caso de que el contrato se realice por ocupaciones de Nivel 2.
4. Encontrarse inscritos como demandantes de empleo, en el caso de que la empresa quiera aplicarse las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.

Requisitos de las empresas:

1. Hallarse al corriente de pago en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Pasos a seguir para la formalización del contrato en formación:

1. Solicitar al Servicio de Empleo, una autorización de inicio de la actividad formativa, con dos y tres días de antelación a la fecha de inicio del contrato. El Servicio de Empleo es quien concede la autorización, en el plazo de 2-3 días.
Es importante tener en cuenta que independientemente de cuándo se comunique la resolución de la autorización, el contrato no podrá realizarse antes del día posterior a la fecha de resolución.
2. Formalizar la gestión de la formación con un centro acreditado por el Servicio de Empleo.3. Tramitar el alta del trabajador en la Seguridad Social.4. Formalizar el contrato laboral
3. Tramitar el alta del trabajador en la Seguridad Social.
4. Formalizar el contrato laboral

Como se bonifica el contrato en formación

El contrato para la formación y el aprendizaje ofrece un beneficio doble. Por un lado, cada mes la empresa podrá bonificarse el coste de la formación que recibe el trabajador y, por otro, podrá reducir sus cuotas a la Seguridad Social hasta un 100%.
En el contrato de formación además se suman dos nuevas bonificaciones: para sufragar los costes de la tutorización en la empresa y para fomentar la contratación de jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Reducciones en las cuotas a la Seguridad Social

La cotización del contrato de formación en 2018 sigue siendo fija y reducida, y asciende a 111,14 euros mensuales. Esta cantidad puede reducirse al 100% si la empresa tiene menos de 250 trabajadores (75% si tiene 250 o más), está al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y el trabajador está inscrito como demandante de empleo en el momento de firmar el contrato, entre otros requisitos.
Las empresas que no tengan derecho a reducción aplicarán la cuota reducida de 111,14 euros mensuales..

Formación bonificada

La formación teórica vinculada al contrato de formación y de aprendizaje está totalmente bonificada, los costes de bonificación se calcularán según la jornada máxima prevista en el convenio colectivo (o, en su defecto, según la jornada máxima legal).
Sin embargo, los porcentajes dedicados al trabajo efectivo y la formación siguen siendo los mismos (75% y 25% respectivamente durante el primer año de contrato, y 85% y 15% en el segundo y tercer año).Estos porcentajes pueden variar en función de la categoría profesional.

Bonificación 2018 para tutorización

Cada trabajador tiene asignados dos tutores: uno dentro de la empresa y, el otro, en el centro de formación, que deberán coordinar la actividad formativa y hacer su seguimiento. Con el objetivo de incentivar el trabajo del tutor asignado dentro de la empresa se recibirá una bonificación adicional de entre 1,5 y 2 euros la hora, según la plantilla de la empresa, y hasta un máximo de 40 horas mensuales.

Bonificación 2018 garantía juvenil

Si el trabajador se encuentra inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, puede percibir una ayuda de 430 € mensuales durante 18 meses, previa solicitud del propio empleado.

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