Documentación necesaria para realizar la renta del ejercicio 2018
Rendimientos de capital mobiliario (bancos, intereses, acciones…)
- Certificados bancarios y de entidades gestoras (cuentas, valores, fondos, otros activos financieros…)
- Certificados de intereses recibidos por préstamos, dividendos u otros.
- Certificados por arrendamientos de negocios.
Rendimientos de capital inmobiliario (casas, pisos, alquileres que cobres de los mismos…)
- Recibos de IBI (contribución) de 2018.
- Arrendamientos de locales, pisos: certificados de los arrendatarios o esumen de ingresos y gastos..
- Certificado del banco de los préstamos de los locales o pisos arrendados.
Rendimientos del trabajo
- Certificado de la empresa o empresas donde has trabajado durante cualquier día del año 2018.
- Certificado del paro: si has cobrado prestaciones por este concepto durante el año 2018.
- Certificado de la Seguridad Social: Si has estado de baja por maternidad o paternidad.
Rendimientos de actividades empresariales
- Libro de contabilidad, que normalmente ya tenemos en nuestro despacho.
- Los pagos a la cuenta de renta modelos 130 o 131 de 2018 (no se necesitan si te llevamos tu gestión).
- En actividades profesionales: certificados de retenciones de tus clientes, empresas, mutuas, etc.
- Importes pagados en concepto de seguros de enfermedad ya sea propia, del cónyuge e hijos (asistencia sanitaria).
Otros rendimientos
- Ganancias y pérdidas patrimoniales: compra o venta de bienes muebles (maquinaria, traspasos u otros) o inmuebles.
- Compraventa de acciones, fondos, etc.: Fecha e importe de la compra, fecha e importe de venta.
- Cobros de ayudas o subvenciones de cualquier tipo (Plan PIVE, por ejemplo).
Deducciones
Estatales
- Justificantes de deducciones por la vivienda habitual. Para la adquisición, rehabilitación, construcción, ampliación de vivienda habitual (sólo para adquisiciones anteriores al 01/01/2013) y por adecuación pe razón de discapacidad.
- Certificados de donativos a entidades.
- Justificantes de deducción si reside en una vivienda arrendada (importes pagados, fecha del contrato) será deducible siempre que el contrato tenga fecha anterior al 01/01/2015.
- Justificantes de inversiones por un “ángel inversor” para adquisiciones de acciones o participaciones en nuevas entidades.
- Justificante
Cataluña
- Justificantes de nacimiento o adopción de hijos.
- Justificantes de donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana.
- Justificantes por donativos a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo tecnológico.
- Justificantes de deducción para vivir en una vivienda arrendada (Será deducible hasta un límite de 300 € al año, siempre que: Tenga 32 años o menos de edad, haya estado en paro 183 días o más, tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%, si es viudo / viuda y tiene 65 años o más).
- Justificantes del pago de intereses de préstamo para pagar estudios de máster y / o doctorado.
- Justificantes de donaciones a entidades en beneficio del medio ambiente, conservación del patrimonio natural y custodia del territorio.
- Justificantes de inversiones por un “ángel inversor” para adquisiciones de acciones o participaciones en nuevas entidades.
Otras deducciones
- Otras circunstancias sobrevenidas o que se hayan producido durante el 2018 así como nacimientos, defunciones, pérdida del derecho a deducciones, etc.
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