Hacienda controla de cerca a les PIMES

La Agencia Tributaria está centrando su atención a una gran multitud de sociedades de diferentes sectores, su objetivo es localizar las irregularidades en sus sistemas de cobros y facturación. Así lo está haciendo saber a las propias empresas, por medio de una carta en la que les informa de que dispone de todos los movimientos de las cuentas bancarias del negocio, y detalla que sus datos con respecto a los cobros realizados, tanto en efectivo como con en tarjeta, son diferentes a los registrados en la mayor parte de las empresas de su mismo sector.
El objetivo de estos requerimientos es conseguir que los negocios regularicen voluntariamente su declaración de ingresos, con el fin de luchar contra el fraude y la economía sumergida.
Los indicios que podrían activar esta investigación para la administración son:

  • Los ingresos por cobros con tarjeta: Si son mayores a lo habitual entre la competencia, podría ser un indicio de ocultamiento de fraude por una entrada de dinero sin declarar.
  • El flujo de cobros con dinero en efectivo. Concretamente si supera el de la referencia sectorial.

Por ejemplo:
Un restaurante en el que el 80% de sus ingresos provienen de tarjetas de crédito y en el resto del sector ronda un 50%, hacienda concluye que esta diferencia podría ocultar un 30% de ingresos en metálico sin declarar.
Ahora bien, una facturación muy elevada en efectivo en un sector que sus ingresos en tarjeta son elevados, podría interpretarse como una intención de eludir la trazabilidad del pago electrónico.
La Agencia Tributaria considera un indicio de fraude el hecho de que, un empresario ingrese mucho menos que su competencia, en aparente igualdad de condiciones.
A tal efecto, si un negocio obtiene un margen de beneficio del 4% sobre los ingresos y la media del sector se sitúa en torno al 8% y, según los datos bancarios, cobra mediante tarjeta el 40% de su facturación (mientras que la media del sector es del 65%) saltarán las alarmas que hagan pensar a AEAT que existen ingresos en efectivo que no están siendo declarados.

Carta, visita e inspección

Esta carta es sólo una comunicación, que no exige contestación, envío de documentación, ni la justificación de los abonos que puedan existir en sus cuentas bancarias. Simplemente te trasladan la información que tiene la Agencia Tributaria.
Tras la recepción de esta notificación, pueden pasar dos hechos:

  • a) Que reciba en las siguientes semanas la visita de funcionarios de Hacienda para valorar si hay riesgo de fraude fiscal o no.
  • b) Inspección: En aquellos casos en que se aprecia que, tras las cartas y las visitas, el empresario sigue manteniendo parámetros de riesgo fiscal y no ha variado sus datos de ingresos. Se trata de comprobaciones en profundidad para supuestos que Hacienda considera especialmente relevantes.

Recuerde que los técnicos de Hacienda deben estar identificados en todo momento. No está previsto en la normativa que puedan pasar a hacer actuaciones de incógnito.

Plan de actuación

Por otro lado, os recordamos que el plan de actuación que plantea la Agencia Tributaria a sus inspectores en este 2019 implica, entre otras cosas, aumentar el control sobre:

  • Las empresas inactivas: Las horas de entrada y salida de los trabajadores, para evitar que se hagan contratos por menos horas de las trabajadas, además de reforzar el control sobre las subcontratas y empresas de multiservicios.
  • Las actividades económicas dentro del IRPF, especialmente en cuanto a los rendimientos obtenidos por viviendas turísticas y el abuso del uso del régimen de entidades sin fines lucrativos.
  • El Registro de operadores intracomunitarios (ROI), y sobre las actividades económicas clasificadas como de alto riesgo.
  • Los patrimonios elevados..
  • El uso del doble software o programas de doble contabilidad, con la intención de evitar facturaciones irregulares.

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