Huelga general 21 de febrero de 2019

La Intersindical-CSC (Confederación Sindical Catalana) ha convocado una huelga general el próximo jueves día 21 de febrero de 2019.

¿Es una huelga política o laboral?

Según la Ley, las huelgas con finalidad política o ajenas a los intereses de los trabajadores son ilegales, por ello la Intersindical afirma que los motivos de ésta convocatoria son estrictamente laborales (se resumen en los siguientes puntos):

Derogación de la reforma laboral:

  • Por la prórroga automática de los convenios, para garantizar el derecho a la negociación colectiva.
  • Para la primacía de los convenios sectoriales por encima de los de empresa, para evitar el abuso en las subcontrataciones.
  • Para la recuperación de la indemnización de 45 días por año trabajado en caso de despido.
  • Para la exigencia del aval de la Administración para aprobar expedientes de regulación de empleo.
  • Por el respeto de las condiciones laborales de los contratos y los convenios, para evitar que se puedan pisar con una simple previsión de pérdidas.

Por un salario mínimo catalán de 1.200,00 €:

  • Para garantizar el poder adquisitivo de los trabajadores/as del país.
  • Para unas pensiones no inferiores a 1.200,00 €, por la dignidad de nuestros mayores.
  • Para que el Estado se haga cargo de los aumentos salariales en los centros de trabajo especial, fruto del aumento del salario mínimo.
  • Por el reparto del trabajo y la riqueza y el avance hacia una jornada laboral de 35 horas.
  • Por una fiscalidad justa que aumente los impuestos a las grandes rentas y las grandes empresas.

Para la recuperación de las leyes sociales vetadas por el Tribunal Constitucional:

  • Por el respeto a la ley catalana del comercio y el blindaje del descanso los domingos y festivos.
  • Para el impulso de una ambiciosa Agencia Catalana de Protección Social.
  • Para la aprobación de la dación en pago, tal como reclamó el Parlamento por unanimidad.
  • Para la implementación de los impuestos frenados, como el impuesto a la banca o todos los tributos verdes.
  • Para la derogación del decreto para incentivar la fuga de empresas de Cataluña a raíz del 1-O.

Para la plena igualdad de trato y oportunidades en centros de trabajo:

  • Para la implementación completa de la ley de igualdad tal y como aprobó el Parlamento, y en especial, los artículos referidos a la igualdad en el trabajo.
  • Por el fin de la brecha salarial entre hombres y mujeres.
  • Para la erradicación de las agresiones machistas tanto en el trabajo como en cualquier parte.
  • Para unos permisos de maternidad y paternidad iguales, y como mínimo, de medio año cada uno.
  • Para el fin de toda discriminación por orientación sexual en el lugar de trabajo.

Por un servicio público de calidad y con condiciones laborales dignas:

  • Para la recuperación del más de 15% de poder adquisitivo perdido durante la etapa de los recortes.
  • Para retorno inmediato de las pagas extraordinarias no abonadas de 2013 y 2014 y los demás derechos laminados.
  • Para un ratio digno de personal sanitario y docentes que permita ofrecer un servicio público de calidad.
  • Para la recuperación de la jornada de 35 horas semanales y la limitación de la interinidad.
  • Para la internalización de la gestión privatizada de los servicios públicos de la Generalitat y el mundo local.

¿Quién no apoya la huelga?

  • Dos de los sindicatos mayoritarios.
  • CCOO considera que las reclamaciones de la huelga son legítimas, pero cree que hay un trasfondo político.
  • Por otra parte, UGT tampoco apoya, aunque no manifestarse al respecto.

¿Quién puede acogerse a la huelga?

  • Todo el que quiera.
  • El derecho a hacer huelga es un derecho individual y el derecho de ejercicio es colectivo (se pueden acoger todos los trabajadores).
  • Ninguna empresa puede obligar a hacer huelga o no hacerla.

¿Qué consecuencias tiene la huelga para los trabajadores?:

El contrato laboral se suspende durante un día, lo que quiere decir que los trabajadores que se sumen a la huelga no cotizarán a la Seguridad Social y la empresa no les pagará el salario de ese día (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias).
Las empresas tienen la obligación de realizar los trámites con la Seguridad Social, informándoles de todos los trabajadores con esta situación “de alta especial”.

LA INTERSINDICAL-CSC HA REGISTRADO LA HUELGA GENERAL DEL 21 DE FEBRERO EN EL DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LA GENERALITAT; NO SE HA PUBLICADO LA DECLARACIÓN DE LEGALIDAD O ILEGALIDAD DE LA HUELGA

ESTA HUELGA ESTA CONVOCADA SÓLO POR UN SINDICATO MINORITARIO, NO SE AÑADEN LOS SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS